Desde nuestra gestoría en Estepona queremos contarte el nuevo sistema de cotización para los autónomos que ha puesto en marcha el Consejo de Ministros, el cual ha establecido un nuevo sistema de cotización para los trabajadores autónomos basado en los rendimientos netos, que refuerza su protección. La reforma será efectiva en 2023 y es el resultado del acuerdo alcanzado por el Gobierno con los interlocutores sociales CEOE, Cepyme, CCOO y UGT y con las organizaciones de autónomos ATA, UATAE y UPTA.

Con esta reforma se da cumplimiento a las recomendaciones del Pacto de Toledo, que fueron aprobadas por el pleno del Congreso casi por unanimidad, y al acuerdo social tripartito de 1 de julio suscrito por el Gobierno y los interlocutores sociales. También es un compromiso recogido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia dentro del componente 30.

Nuevo sistema de cotización

En primer lugar, la reforma establece que en los próximos tres años se despliegue progresivamente un sistema de quince tramos que determina las bases de cotización y las cuotas en función de los rendimientos netos del autónomo, como transición al modelo definitivo de cotizaciones por ingresos reales que se producirá como muy tarde en nueve años.

Se define el concepto de renta neta, fundamental para la implantación del nuevo sistema. Así, el rendimiento neto se calculará deduciendo todos los gastos incurridos en el ejercicio de su actividad y necesarios para obtener dicho rendimiento. Sobre esa cantidad se aplica una deducción adicional por gastos genéricos del 7%. El resultado será entonces el ingreso neto.

Al final de cada año fiscal y una vez que se conozca esa cifra anual, habrá un proceso automático de reembolso/recuperación en el que los pagos se ajustarán en consecuencia o se reclamarán si las predicciones resultan erróneas por suficientes dígitos. El coste mensual oscilará entre los 230 euros y los 500 euros al mes en 2023, mientras que en 2025 aumentará drásticamente (a partir de los 200 euros por mes)”.

Porcentualmente hablando, los autónomos con ingresos más bajos notarán una reducción de su cuota de más del 30% con respecto a lo que pagan ahora. Los autónomos que estén por debajo del SMI, principalmente jóvenes y mujeres, pagarán cuotas entre 200 y 260 euros al mes en 2025. Ese año, los tramos de rendimiento medio tendrán cuotas entre 290 y 294 euros mensuales y quienes ganan más de 6.000 euros al mes, 590 euros.

El texto aprobado también fija una cuota bonificada para los nuevos autónomos de 80 euros durante doce meses, extensible a otros doce meses adicionales cuando los ingresos netos siguen siendo bajos.

El texto incluye además una evaluación periódica de este nuevo sistema, que se realizará en el marco del diálogo social cada tres años.

Detalle de las bases y cuotas por tramos

Novedades

Papel fiscalizador de la Agencia Tributaria. Una de las principales novedades del nuevo sistema es que dota a la Agencia Tributaria un importante papel fiscalizador tanto a la hora de determinar los ingresos reales que sean determinantes a la hora de fijar. La regularización correspondiente a cada ejercicio económico se llevará a cabo en el año siguiente y se realizará en función de los datos comunicados tanto por la Agencia Tributaria, como por las Administraciones forales. También el papel del fisco será determinante a la hora de conocer y aplicar las diferentes deducciones a las que el trabajador autónomo tiene derecho a la hora de fijar sus ingresos netos sobre los cuales se aplicará la cotización en tablas.

Deducciones generales del autónomo. La información de Hacienda también será crucial a la hora de cruzar datos con la Seguridad Social en materia de deducciones. Además de las que se recogen en la correspondiente normativa, el modelo acordado la semana pasada contempla dos nuevas. La nueva norma que se pondrá en marcha a partir del próximo 1 de enero de 2023 establece una deducción por gastos genéricos del 7% para aquellos trabajadores autónomos individuales, mientras que esta misma deducción se reduce al 3% para el caso de trabajadores por cuenta propia societarios.

Hasta seis cambios de tramos. Se amplía el número de veces que los autónomos pueden modificar su base de cotización. A partir de ahora se les permitirá hasta seis en vez de cuatro. El objetivo es ajustar la cotización a su previsión de rendimiento del año, ya que puede variar en función de la actividad que se desempeñe, lo que dota al nuevo sistema de una mayor flexibilidad. Según se recoge en el anteproyecto de ley, siempre que se solicite a la Tesorería General de la Seguridad Social, podrán realizar este cambio con efectos del primer día de marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre y enero del año siguiente. Además de la solicitud los trabajadores deberán efectuar una declaración del promedio mensual de los rendimientos económicos netos anuales.

El tope de cotización para los trabajadores mayores de 47 años dejará de aplicarse. A partir de 2023 el tope desaparecerá, dejando sólo los ingresos mensuales de cada individuo para determinar si tiene derecho a las prestaciones del gobierno. Antes de esta fecha de cambio, estas cotizaciones más altas se utilizaban de forma voluntaria para aumentar las pensiones de jubilación en los años anteriores a alcanzar la cantidad de dinero establecida, pero ahora no habrá límites para ahorrar más dinero para nuestro futuro.

El autónomo tendrá cuotas reducidas durante los primeros 12 meses de actividad. La cuota mensual será de 80 euros y no se cobrará nada una vez finalizado este periodo, a no ser que tengan ingresos por debajo de lo que significa el SMI (Ingreso Neto de Seguridad). Esto significa que quienes quieran una mayor seguridad deben darse de alta en este sistema lo antes posible para no acabar pagando más de lo debido después de haber hecho todo lo posible.

Desgravación del 10% del plan de pensiones. Otra novedad que se contempla para los autónomos es la desgravación de un 10% de las aportaciones al plan de pensiones en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).

Refuerzo prioritario de la tramitación electró­nica. El teléfono móvil se va a convertir en la prin­cipal herramienta de gestión del autónomo. Se podrán realizar altas, bajas, elección de tramo y cuota, así como acceder a los datos y expediente del autónomo e incluso proceder a la realización de simulaciones para conocer lo más certeramente posible la cuota a pagar en función de los ingresos antes de proceder a la realización de un alta.

Cese de actividad parcial. Se reconoce una presta­ción del 50% de la base reguladora compatible con otra actividad y que podrá cobrarse de cuatro meses a dos años, sin que haya que darse de baja en el RETA y sin que sea necesario el cierre. Para su acceso hay que tener una reducción del 75% del nivel de ingresos o ventas cuando no se cuenta con trabajadores, o esta misma condición durante dos trimestres, ingresos no superiores al SMI y reducción de jornada o suspensión de contratos del 60% de la plantilla, si hay trabajadores a cargo.

Acción protectora

La ampliación del régimen de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos incluye importantes mejoras. Se amplían las modalidades de cese de actividad para mejorar la cobertura de distintas contingencias como la interrupción parcial o el fracaso por situaciones de crisis cíclicas o sectoriales, al tiempo que se adapta la protección prevista en el mecanismo RED establecido en la reforma laboral, todo ello con un objetivo: que todos los españoles reciban la atención que merecen.



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